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El aborto

La ley del aborto

Desde el año 2010 está vigente en el Estado Español la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de la salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, publicada en el BOE número 55 de 4 de marzo de 2010, que regula la interrupción voluntaria del embarazo en los siguientes casos:

  • Durante las primeras 14 semanas de gestación (debes tener en cuenta que las semanas de embarazo se empiezan a contar a partir del primer día de la última regla) una mujer puede abortar voluntariamente sin dar ninguna explicación sobre los motivos.
  • De la semana 14 a la 22 una mujer puede someterse a un aborto, si así lo desea, pero requiere de un informe médico que acredite malformaciones fetales, riesgo para la vida de la madre o el feto,…
  • De la semana 22 en adelante una mujer puede abortar legalmente pero un comité clínico hospitalario tendrá que valorar si se dan las condiciones para hacerlo, vinculadas a patologías fetales importantes.

La misma ley orgánica garantiza que se pueda realizar una IVE a través del servicio de salud pública o privada. Esto significa que es una prestación sanitaria que queda cubierta por el sistema de salud pública y que, por tanto, es gratuita.

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Tipos de aborto:

Existen dos métodos para poder interrumpir un embarazo: quirúrgico y farmacológico. Ambos pueden ser gratuitos pero antes será necesario que hagas un trámite en tu centro de atención primaria (CAP).

Aborto quirúrgico:

Para los embarazos hasta 14 semanas consiste en una aspiración del contenido del útero por vía vaginal y se realiza con anestesia local o sedación. Esta técnica no requiere ingreso y todo el proceso puede durar  aproximadamente una hora.

Para embarazos de más de 14 semanas las técnicas utilizadas son diferentes en función de las semanas de gestación, de las características de cada mujer y de sus antecedentes médicos.

Aborto farmacológico:

Se puede realizar, como máximo, hasta las 9 semanas de embarazo. Requiere de una valoración médica previa para constatar que la mujer no tiene ninguna contraindicación para someterse a este tratamiento.

Consiste en la toma de dos fármacos:

El primero (mifepristona), se toma bajo el control del profesional del centro donde realices el aborto (centro de atención primaria o clínica privada) que observará que no se produzca ninguna reacción adversa. Este fármaco impide que el embarazo siga adelante.

El segundo (misoprostol) se toma transcurridas 24-48 horas de la toma del primero. Éste fármaco provocará la expulsión de los restos del embarazo

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Comparativa entre los dos métodos

Es importante que recibas un asesoramiento personalizado durante el proceso de decidir que método utilizar o cual está más indicado en tu caso.

En el Centre Mèdic Adàlia hemos preparado esta ficha comparativa de los 2 métodos para que te ayude a elegir mejor.

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